EL SENADO SANCIONÓ LA LEY DE TELETRABAJO

En una sesión por demás caliente, con fuertes cruces entre oficialistas y opositores, la iniciativa contó con 40 votos a favor y 30 en contra.
Esta tarde, con 40 votos a favor y 30 en contra, el Senado de la Nación transformó en Ley el proyecto de regulación del teletrabajo. El oficialismo pidió no realizar modificaciones con respecto del proyecto aprobado en diputados y la oposición consideró que será “una oportunidad de generar empleo” perdida.
En la apertura del debate, que duró tres horas y media y contó con momentos de mucha tensión, el presidente de la Comisión de Trabajo y Prevención Social, Daniel Lovera, afirmó que “se trabajó sobre 30 proyectos distintos”.
Sobre los proyectos recibidos, Lovera aseguró que contaban con distintos “matices pero muchos puntos en común para avanzar en los derechos fundamentales de quienes trabajan en esta modalidad”.
En ese sentido, el Senador expresó que el proyecto “no busca promover el teletrabajo sino regular una modalidad que de hecho se hace en el país” y, contrario a las acusaciones recibidas, mencionó que “no burocratiza” porque “nadie traba a quienes quieren generar empleo”.
Mientras Mariano Recalde habló en nombre del oficialismo y defendió al proyecto, argumentando que “es muy sano que la ley prohíba al empleador, por ejemplo, efectuar llamados fuera del horario laboral”, Luis Naidenoff habló en representación de Cambiemos y cuestionó su postura, afirmando que “hay una mirada sesgada (del oficialismo) con esta idea de no aceptar cambios”.
En efecto, el proyecto contó con 40 votos a favor, todos de senadores del Frente de Todos y el Frente Renovador de Misiones; y 30 votos en contra, de Juntos por el Cambio, el Interbloque Parlamentario Federal y del Frente Juntos Somos Río Negro.
La ley sancionada establece que todos los que trabajen bajo la modalidad de teletrabajo tendrán los mismos derechos y obligaciones que los que lo hagan de forma presencial. De esta forma, su remuneración tampoco podrá ser inferior.
En ese sentido, la jornada laboral deberá pactarse por escrito en el contrato, respetando los límites legales vigentes. Además, las plataformas y/o sistemas utilizados por el empleador deberán desarrollarse de modo acorde a la jornada laboral, impidiendo su conexión fuera de la misma.
La ley reconoce el derecho de los empleados a la desconexión digital, es decir no ser conectados durante el período que esté fuera de su jornada o en caso de licencia, sin ser sancionados.
También señala que aquellos empleados que tengan bajo su cuidado a niños menores de 13 años, con alguna discapacidad o mayores de edad y que requieran atención específica, podrán acceder a horarios compatibles con esas tareas y tendrán la posibilidad de interrumpir su jornada.
El punto sobre la reversibilidad, uno de los que más discrepancias generó, indica que el consentimiento prestado por la persona trabajadora para pasar a la modalidad de teletrabajo es reversible en cualquier momento de la relación laboral.