“LA LEY DE TELETRABAJO NO CAMBIA EN NADA A LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO”

Lo afirmó Héctor Recalde esta mañana, quien consideró que es un “piso de derechos para todos los trabajadores”.

El ex diputado y abogado laboralista Héctor Recalde brindó una entrevista radial y reiteró que la Ley de Teletrabajo sancionada ayer en la Cámara de Senadores “no cambia en nada a la Ley de Contrato de Trabajo”.

“La ley de contrato de trabajo es el piso del derecho que tienen todos los trabajadores y a partir de eso, el convenio colectivo tiene vigencia en esta ley para el teletrabajo, y la ley tiene que aumentar derechos pero no disminuirlos”, afirmó Recalde en diálogo con Radio 10.

Ayer, en una sesión cargada de acusaciones y tensión, el Senado aprobó la Ley de Teletrabajo. Dicho proyecto, enviado desde la Cámara Baja con 214 votos a favor, contó con el apoyo de 40 senadores y la negativa de otros 30.

Al respecto, el ex diputado del Frente para la Victoria manifestó: “Quiero destacar que los diputados son mucho más generosos en la cantidad de votos que hubo, porque fueron 214 a favor, 29 abstenciones y uno voto en contra, y el Senado tuvo 40 votos a favor y 20 en contra, por lo que tiene una posición menos propicia a reglamentar estos derechos en favor de los trabajadores”.

“La pandemia aumentó la cantidad de trabajadores que realizan teletrabajo por el aislamiento, entonces es muy positivo que el Estado se presente para regularlo, porque sino las condiciones las pone el empleador, en cambio si el Estado interviene, favorece la protección de quien está trabajando”, analizó Recalde.

En esa línea, el ex Consejero de la Magistratura afirmó que la Ley tiene “sus pro y sus contra, pero en general es muy buena. Sobre esto, desarróllo: Entre las cosas positivas, hay una mejor conciliación entre la vida familiar y laboral, y la contra es que hay un aislamiento en las relaciones productivas y por eso es muy importante que se logre una especie de mix entre el trabajo presencial y el teletrabajo”.

“Hay un derecho a la desconexión e igualdad de derechos laborales, se cumplen las mismas horas de trabajo que en formato presencial, y la modalidad de trabajo es a partir de un acuerdo entre el empleador y el empleado, concluyó.

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