LA CORTE TRATÓ EL PER SALTUM DE LOS JUECES

Los jueces del máximo tribunal debatieron durante dos horas sobre el recurso presentado por los camaristas pero aún no llegaron a un acuerdo.

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El máximo tribunal aún no llegó a un acuerdo sobre el futuro de Bruglia, Bertuzzi y Castelli.

La Corte Suprema de Justicia analizó este mediodía el per saltum de los camaristas Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Germán Castelli, los jueces removidos que se encuentran momentáneamente suspendidos, pero no llegó a un acuerdo definitorio y continuarán debatiéndolo.

Este mediodía, los cincos jueces del máximo tribunal del país, Carlos Rosenkrantz, Elena Highton, Ricardo Lorenzetti, Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, se reunieron de forma virtual a través de Zoom y debatieron durante casi dos horas, pero no alcanzaron una definición sobre el recurso de per saltum de los camaristas que decidieron admitir hace algunas semanas.

Resulta necesario recordar que Bruglia, Bertuzzi y Castelli fueron trasladados, junto a otros siete jueces, por un decreto de Mauricio Macri en el año 2018. Pasando así, de juzgados de distinta competencia a la Cámara Federal porteña, la encargada de revisar los fallos de jueces de primera instancia en causas por corrupción.

Luego de que Mauricio Macri abandonó la presidencia, el Consejo de la Magistratura solicitó revisar los traslados de los diez jueces y el asunto pasó a manos del Senado, que debía tomarle declaración a los distintos magistrados. Pero estos tres camaristas, en contra del procedimiento dispuesto, se negaron a realizar sus exposiciones y fueron interponiendo distintos recursos para frenar el trámite.

Así fue que en una votación del Senado, se llegó a la conclusión de que los tres debían regresar a sus juzgados de origen: Bruglia y Bertuzzi, al TOF 4; y Castelli al TOF 4 de San Martín. Incluso el presidente Alberto Fernández ratificó la decisión de la Cámara Alta.

Allí fue que los camaristas apelaron al máximo tribunal, presentándole un recurso de Per Saltum (que saltea todas las instancias previas) y dejaron la definición final del caso en manos de la Corte Suprema de Justicia.

Por unanimidad, el máximo tribunal declaró “admisible” los recursos presentados por los magistrados, que permanecen con licencia, y ahora debe dar su veredicto, pero el hermetismo es absoluto y la definición aún está en suspenso.

Uno de los elementos con los que cuenta la Corte es la opinión del procurador interino, Eduardo Casal, que manifestó al respecto: “El principio de irretroactividad se erige como uno de los pilares de nuestro ordenamiento jurídico. Es fundamento de razón jurídica que toda regla de conducta dispone para el futuro”.

En contrapartida, aparece la opinión del fuero en lo Contencioso Administrativo Federal, que rechazó el planteo de Bruglia, Bertuzzi y Castelli en primera instancia y, aunque la última palabra la tenga la Corte, todo indica que mantendrá su postura en la segunda instancia. Diferenciándose de Casal, el fiscal Rodrigo Cuesta señaló que “el procedimiento de traslado de los actores (Bruglia y Bertuzzi) requería de un nuevo acuerdo del Senado de la Nación para considerarse perfeccionado”.

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